
Muchos empresarios todavía no lo saben, pero hoy se ha publicado una nueva normativa que modifica de forma significativa las obligaciones de información laboral en España.
El Real Decreto 723/2026 deroga la regulación vigente desde 1998 y establece nuevos requisitos sobre la documentación e información que las empresas deben facilitar a sus trabajadores.
La norma entrará en vigor en apenas 20 días, por lo que conviene revisar cuanto antes los procedimientos internos, contratos y comunicaciones laborales.
¿Qué cambia exactamente?
A partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, las empresas deberán proporcionar por escrito a cada trabajador una información mucho más detallada sobre sus condiciones de trabajo.
Entre otros aspectos, será necesario informar sobre:
- El salario base y cada uno de los complementos salariales por separado.
- El método de cálculo de aquellas retribuciones variables que correspondan.
- La jornada de trabajo diaria, semanal y anual.
- Los turnos, las horas extraordinarias y el régimen de vacaciones.
- La duración y condiciones del periodo de prueba.
- El convenio colectivo aplicable, incluyendo su código identificativo y fecha de publicación.
- La existencia del plan de igualdad, protocolo de acoso y medidas LGTBI, cuando la empresa esté obligada a disponer de ellos.
- El procedimiento de extinción de la relación laboral y los plazos de preaviso.
- Los derechos de formación ofrecidos por la empresa.
Atención a los sistemas automatizados y algoritmos
Uno de los aspectos más novedosos de la regulación es la obligación de informar sobre el uso de sistemas automatizados o algoritmos que puedan influir en decisiones laborales.
Si la empresa utiliza herramientas tecnológicas para organizar turnos, asignar tareas, determinar retribuciones o participar en procesos que afecten al empleo de los trabajadores, deberá comunicarlo expresamente.
Esta exigencia refleja una tendencia cada vez más presente en la normativa laboral: aumentar la transparencia en el uso de herramientas de inteligencia artificial y sistemas de gestión automatizada.
Las obligaciones no terminan con la contratación
La nueva norma también establece que cualquier modificación de las condiciones comunicadas deberá notificarse por escrito.
Además, los trabajadores que ya forman parte de la plantilla podrán solicitar esta información actualizada. En esos casos, la empresa dispondrá de un plazo determinado para facilitarla, por lo que resulta fundamental tener la documentación preparada y correctamente actualizada.
¿Qué deben hacer ahora las empresas?
La recomendación es clara: revisar cuanto antes toda la documentación laboral.
Es importante comprobar que:
✅ Los contratos incorporan la información exigida por la nueva normativa.
✅ Las comunicaciones internas cumplen los nuevos requisitos.
✅ Los procedimientos de contratación están actualizados.
✅ La documentación sobre igualdad, prevención del acoso y medidas LGTBI está correctamente identificada y accesible.
✅ Se han evaluado los sistemas automatizados o algoritmos que puedan estar afectando a decisiones laborales.
Anticiparse siempre es más barato que reaccionar
Como ocurre con muchas novedades normativas, la responsabilidad de cumplir recae directamente sobre la empresa. Y, en caso de incumplimiento, las consecuencias pueden aparecer en forma de requerimientos, reclamaciones o actuaciones inspectoras.
Por eso, este es el momento adecuado para revisar contratos, comunicaciones y procedimientos internos antes de que la nueva regulación sea plenamente exigible.
En nuestro despacho ya estamos ayudando a nuestros clientes a adaptar toda la documentación laboral a estos cambios. Si tienes trabajadores a tu cargo, te recomendamos revisar cuanto antes si tu empresa cumple con las nuevas obligaciones. Mejor hacerlo hoy que cuando llegue una inspección.






