A partir del 2025, en la nómina se concretizará un nuevo impuesto, la así llamada cuota de solidaridad, que afectará a todos aquellos trabajadores que ganen más de una cierta cantidad. Dicha disposición prevé una distribución del pago entre empresas y trabajadores, cuyo gasto será, respectivamente, del 83,39 % y del 16,61 %.
¿Qué es la Cuota de solidaridad?
En el último año se ha discutido mucho sobre el recargo de cotización establecido en el nuevo Real Decreto-Ley de Reformas de las Pensiones. Concretamente, estas medidas prevén un pago incrementado a la Seguridad Social para aquellos trabajadores que ganen un salario más alto de la base mínima de cotización.
La base de cotización es la remuneración mensual bruta de un trabajador, inclusive de pagas extraordinarias. Las bases de cotización cambian según el régimen de referencia de cada trabajador, es decir, dependiendo de si pertenece a un Régimen Autónomo, Régimen General, Especial de trabajadores agrarios, del mar o de hogar.
Para que sea más claro, la base de cotización de este año 2024 es de 4.720,50 euros mensuales y, aunque va cambiando cada año, nos puede servir como referencia para entender el funcionamiento del sistema.
¿A qué rentas afecta?
La cuota de solidaridad, por supuesto, no será impuesta a todo el mundo, sino que le corresponderá solamente a determinadas categorías de empresarios y trabajadores que superen un cierto máximo de ingresos anuales.
De hecho, según establecido por el Gobierno, el límite mínimo para que se tenga que pagar el nuevo impuesto será de 59.081,78 euros durante el primer año, el cual, supuestamente, subirá a medida que pasen los años y que cambie la propia base de cotización. Asimismo, la cuota a pagar no será la misma para todos, puesto que se modificará según los ingresos.
@pikisupe
Tres tramos
En el caso de la cuota de solidaridad, se destacan tres segmentos con relativos índices adicionales:
- Grupo 1: incluye todos aquellos salarios entre la base mínima de cotización y su excedencia del 10%. Concretamente, tomando como referencia la base de cotización actual, habrá una cotización adicional del 0,92% en 2025. Dicho porcentaje, en 2045, llegará a ser 5,5% sobre los ingresos entre 59.081,78 euros y 64.989,96 euros.
- Grupo 2: desde el 10% y el 50% excedente de la base. Al principio habrá una cotización adicional del 1% que abarcará el 6% sobre los ingresos entre entre 65.000 y 88.622,67 euros.
- Grupo 3: se refiere a todos los salarios superiores al 50% de la base de cotización establecida por ley. En 20 años, el porcentaje pasará del 1,17% al 7% en 2045, sobre el sueldo superior a 88.623 euros.
Básicamente, el incremento anual se fija alrededor del 0,25%.
Objetivos de la medida
El objetivo principal de la disposición es fortalecer el sistema de la Seguridad Social, para garantizarnos un Fondo de Reserva útil al pago de las pensiones en el futuro. Y, además, para una «mejores pensiones«.
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social surge como consecuencia de la exigencia institucional para el sistema de Seguridad Social, en diferentes ámbitos y foros de diálogo entre fuerzas políticas y sociales y el Gobierno, de establecer fondos especiales de estabilización y reserva destinados a atender las necesidades futuras en materia de prestaciones contributivas originadas por desviaciones entre ingresos y gastos de la Seguridad Social.
Portal de la Seguridad Social
Las estadísticas prevén que dicha medida, junto con el MEI, contribuirá a generar una décima parte del Producto Interno Bruto (PIB), es decir, el valor que se utiliza para calcular la riqueza de un País en el año y corresponde a la suma de los servicios y bienes producidos en la economía de dicha Nación.
¿Qué es el MΕΙ?
EI MEI, o Mecanismo de Equidad Intergeneracional, entrado en vigor al comienzo del año 2023, ha afectado a todos los trabajadores, tanto por cuenta ajena como profesionales autónomos y empresas. Se trata, también en este caso, de una cotización adicional cuyo objetivo es fortalecer el sistema de Seguridad Social para asegurar el pago de las pensiones en futuro.
- De la misma forma, en este año 2024, el índice es de 0,70%, de los que 0,58% le corresponden a la empresa y el 0,12% al trabajador. Y así hasta el 2029, cuando, según estimado, el porcentaje se fijará en 1,2 puntos, de los que el 0,2% le corresponderá al trabajador y el restante 1% a la empresa.
- De la misma forma, en este año 2024, el índice es de 0,70%, de los que 0,58% le corresponden a la empresa y el 0,12% al trabajador. Y así hasta el 2029, cuando, según estimado, el porcentaje se fijará en 1,2 puntos, de los que el 0,2% le corresponderá al trabajador y el restante 1% a la empresa.
- Finalmente, desde el 2030 hasta el 2050, el porcentaje se mantendrá en 1,2 puntos, de igual distribución entre las dos partes.
¿Cuál será el impacto en las empresas?
La cuota di solidaridad, como hemos entendido, afectará tanto a los trabajadores autónomos como a los empleador por cuenta ajena. Asimismo, se verán afectados también los trabajadores integrados en el Régimen Especial de los trabajadores. Los únicos que no serán influenciados por la medida son los trabajadores inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos (RETA).
Cabe destacar que, actualmente, ya existen unos gravamen que afectan a los trabajadores que superen la base mínima de cotización. Sin embargo, la cuota es fija de 1.866,97 euros para todas las excedencias entre 57.000 euros y 90.000 anuales. Además, de dicho impuesto, 305,42 euros le corresponden a los empleados y 1561,55 euros a las empresas.
En cambio, en 2025 la situación será totalmente diferente, puesto que con la cuota de solidaridad se establecen franjas económicas diferentes según las entradas. De hecho, las empresas estarán obligadas a hacer frente a incrementos progresivos de los costes salariales.
Puntos clave
- El impuesto afectará a las rentas superiores a la base mínima de cotización, la cual cambia cada año;
- Los salarios por debajo de la cuota mínima será igualmente afectados por el MEI;
- El objetivo de la medida es aumentar los ingresos de la Seguridad Social.