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Incapacidad Temporal en 2025 – Infórmate ahora y evita errores en la gestión de bajas laborales

A partir del 1 de abril, los trabajadores que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal (IT) ya no tendrán que entregar personalmente el parte de baja a su empresa. Esta medida, recogida en el Real Decreto que modifica la normativa sobre la gestión y control de la IT durante los primeros 365 días de duración, fue aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado jueves.

En 2025, la legislación en torno a la Incapacidad Temporal en España ha incorporado cambios clave con el objetivo de simplificar trámites, digitalizar procesos y reducir la carga burocrática, beneficiando tanto a las personas trabajadoras como a las empresas.

La eliminación de la obligación de entregar copias físicas de los partes de baja es solo una de las novedades más visibles. Esta transformación se enmarca en un modelo de gestión más moderno, ágil y automatizado, que apuesta por la eficiencia digital y la mejora de la comunicación entre los agentes implicados.

A continuación, te presentamos un resumen de los principales cambios que debes conocer en 2025. ¡Sigue leyendo y no te pierdas nada!

🔄 ¿Qué ha cambiado en la gestión de la Incapacidad Temporal en 2025?

Desde la aplicación del Real Decreto-ley 2/2023, vigente y plenamente implantado en 2025, la forma de gestionar las bajas médicas ha cambiado de forma significativa. Aquí resumimos los puntos clave en vigor hoy mismo:

  • Fin de la entrega física de partes por el trabajador: el trabajador ya no debe entregar el parte de baja, confirmación o alta a la empresa. Esta información es remitida directamente desde el centro médico al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que la comunica telemáticamente a la empresa a través del sistema RED.
  • Plazos más flexibles para los partes de confirmación: la periodicidad de los partes de confirmación ya no es semanal por defecto. Ahora, el facultativo puede ajustarlos según la duración estimada de la baja (menos de 5 días, entre 5 y 30, entre 31 y 60 o más de 60 días).
  • Interoperabilidad digital total entre los agentes implicados: en 2025, mutuas, servicios de salud, Seguridad Social y empresas ya operan en un entorno 100% digital, lo que permite una trazabilidad completa y en tiempo real de las bajas médicas.
  • Simplificación administrativa para la empresa: las empresas ya no necesitan solicitar ni archivar manualmente los partes médicos. Ahora toda la gestión se hace desde su software de nómina o gestión laboral conectado al sistema RED.

📩 Infórmate ahora y evita errores en la gestión de bajas laborales

Como hemos anticipado, la gestión de la Incapacidad Temporal (IT) se ha convertido en una pieza clave para la eficiencia y sostenibilidad de las empresas en 2025. En un entorno donde la digitalización es parte del día a día y los procesos administrativos tienden a automatizarse, contar con una gestión ágil, segura y conforme a la normativa actual es fundamental para evitar errores, sanciones y retrasos que afecten tanto al trabajador como a la organización.

Desde la entrada en vigor del decreto, que forma parte de la conocida “Reforma de las pensiones”, se han consolidado cambios importantes en la tramitación y control de las bajas médicas. Estos cambios, plenamente vigentes en 2025, han transformado la forma en la que los partes médicos de baja, confirmación y alta se comunican y gestionan. La eliminación de la obligación del trabajador de entregar dichos documentos a la empresa, y la automatización de la transmisión a través de la Seguridad Social, suponen una simplificación sustancial de los trámites para todos los implicados.

En este artículo, repasamos las claves actuales de la gestión de la Incapacidad Temporal, los efectos concretos que estos cambios tienen en la operativa empresarial y qué deben tener en cuenta los departamentos de recursos humanos, prevención de riesgos laborales y gestión de personal para adaptarse con éxito a este nuevo escenario..

📤 Adiós al papeleo: el parte ya no se entrega a la empresa

Una de las novedades más destacadas es que ya no necesitas llevar el parte de baja a tu empresa. A partir de ahora, tanto los partes de baja como los de confirmación y alta se comunican directamente desde el centro médico a la Seguridad Social, y esta lo traslada a la empresa de forma telemática.

El artículo 7 del Real Decreto ha sido modificado para que ya no sea obligatorio que los trabajadores entreguen una copia del parte médico de incapacidad temporal a su empresa. 

En un escenario donde la digitalización forma parte estructural del funcionamiento diario y donde los procesos administrativos están cada vez más automatizados, disponer de una gestión ágil, segura y alineada con la normativa vigente es esencial para evitar errores, sanciones y retrasos que afecten tanto a las personas trabajadoras como a la organización.

Esto supone un alivio importante, sobre todo en los primeros días de enfermedad, cuando lo último que te apetece es pensar en burocracia.

Gestión de las bajas o Incapacidad Temporal por parte de la Mutua

La Mutua puede proponer el alta a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud (INSS), notificando al trabajador y al INSS al mismo tiempo. La Inspección Médica tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para responder y puede citar al trabajador para revisar si se da o no el alta dentro de ese plazo. Si el trabajador no acude a la revisión y no tiene ninguna justificación, se suspende el pago del subsidio desde el día siguiente. Si la Inspección Médica no responde dentro del plazo, la Mutua puede solicitar directamente al INSS el alta. 

El artículo 2.3 se ha modificado para aclarar que los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la Mutua podrán establecer plazos de revisión médica más cortos que los indicados en el Real Decreto, según la evolución del proceso. 

Prorrogación de la Incapacidad Temporal

Tras un año de baja, se prorroga la incapacidad temporal de forma automática. El agotamiento del plazo de 365 días sin emisión de alta médica supone el pase automático a la prórroga de incapacidad temporal, sin necesidad de declaración expresa.

Agotado el plazo de duración de 365 días indicado anteriormente, la inspección médica del INSS será la única que puede emitir el alta médica por curación, por mejoría que permita la reincorporación al trabajo, con propuesta de incapacidad permanente o por no presentarse sin causa justificada a los reconocimientos médicos. 

Leer también: Cuáles son las Bajas Laborales más comunes y cómo gestionarlas

NUEVA GESTÓN DE LOS PARTES DE BAJA

🗓️ Plazos más flexibles según la duración de la baja


La ley ahora se adapta mejor a cada caso. El médico puede decidir con más libertad cada cuánto se emiten los partes de confirmación, en función del tipo de dolencia o lesión:

  • Para bajas de menos de 5 días, el parte de baja y el de alta pueden emitirse a la vez.

  • Para bajas de 5 a 30 días, el primer parte de seguimiento se emite en un plazo de hasta 7 días.

  • En bajas más largas, se aplican revisiones más periódicas.

Esto permite una atención médica más personalizada y evita visitas innecesarias al centro de salud.

Incapacidad Temporal de enfermedades profesionales

El periodo de Incapacidad Temporal para la observación de enfermedades que han sido causadas, de manera directa, por el ejercicio del trabajo, se establece en 180 días. Con una posible prolongación de otros 180 días.


Extinción del derecho al subsidio

El derecho al subsidio por incapacidad temporal termina:

  • Al alcanzar el plazo máximo de 545 días naturales.

  • Con alta médica por curación o mejoría.

  • Alta del trabajador con o sin declaración de incapacidad permanente.

  • Por el reconocimiento de la pensión de jubilación.

  • Por no acudir sin causa justificada a cualquiera de las convocatorias para reconocimientos establecidos por la inspección médica del INSS o la mutua colaboradora con la Seguridad Social. 

  • Por fallecimiento.

🔐 Protección de datos y control del fraude

La normativa también refuerza el control sobre el uso adecuado de las bajas médicas. Se han mejorado los mecanismos de vigilancia y verificación tanto para detectar posibles fraudes como para garantizar que se respeten los derechos del trabajador.

Y algo importante: si recibes el alta médica, estás obligado a reincorporarte o recurrirla si no estás de acuerdo. Ignorarla puede suponer consecuencias laborales.

Inteligencia artificial en la gestión de la Incapacidad Temporal

El uso de la inteligencia artificial y aprendizaje automático en la gestión de ITs es otro de los cambios en la gestión de partes de baja más significativos. Estas tecnologías pueden ayudar a automatizar muchas tareas de gestión de Incapacidad Temporal y a prevenir problemas antes de que ocurran, lo que puede mejorar significativamente la eficiencia de la gestión de ITs y reducir costes. 

Más tecnología, menos errores

Gracias a la digitalización del sistema de IT, hay menos posibilidad de que se pierdan partes o se cometan errores administrativos. Todo el proceso queda registrado electrónicamente, desde que te dan la baja hasta que te reincorporas al trabajo.

Además, las empresas pueden consultar la información en tiempo real a través del sistema RED, lo que les ayuda a planificar con más precisión.

Por último, el artículo 6.3 ha sido actualizado para alinear sus referencias legales con la Ley General de la Seguridad Social y con el propio Real Decreto-ley, reforzando así la coherencia normativa y facilitando su aplicación. Esta actualización forma parte del esfuerzo global por simplificar los trámites y reducir la carga burocrática asociada a la gestión de la Incapacidad Temporal.

Estas modificaciones, que entraron en vigor el 1 de abril de 2023, siguen plenamente vigentes en 2025. Las reglas se aplican tanto a los nuevos procesos de IT iniciados a partir de esa fecha, como a aquellos ya en curso y con una duración inferior a 365 días. Esta continuidad normativa garantiza una transición ordenada y clara para trabajadores, empresas y profesionales sanitarios, dentro del nuevo modelo digital y automatizado de gestión de bajas médicas.

⚠️ Errores comunes en la gestión de la IT en 2025 (y cómo evitarlos)

A pesar de la digitalización, aún es habitual que se cometan errores en la aplicación de esta nueva normativa.

Aquí te compartimos los más frecuentes y cómo solucionarlos:

No revisar con regularidad las notificaciones del sistema RED

Error: algunas empresas siguen esperando el parte físico o no consultan diariamente el buzón RED.


Solución: establece un protocolo interno para revisar el sistema RED cada día laborable.

No comunicar al trabajador la recepción del alta médica

Error: aunque el INSS envía el alta a la empresa, si esta no avisa al trabajador, puede haber malentendidos o incluso absentismo involuntario.


Solución: informa siempre por escrito o correo interno de la recepción del alta.

No actualizar el software o no contar con herramientas compatibles

Error: usar sistemas de gestión no adaptados a los nuevos procesos puede generar fallos en la recepción o envío de datos.

Solución: asegúrate de que tu software laboral está actualizado y cumple con los requisitos del sistema RED.

Confusión entre contingencia común y profesional

Error: no distinguir correctamente el tipo de baja puede llevar a errores en el pago de prestaciones.

Solución: verifica siempre la naturaleza de la IT y coordínate con la mutua o el servicio médico.

No informar al trabajador sobre su obligación de reincorporación

Error: algunos empleados desconocen que deben reincorporarse tras el alta si no la recurren.

Solución: informa de manera clara al trabajador sobre los pasos a seguir tras recibir el alta.

    Conclusiones

    La reforma de la Incapacidad Temporal en 2025 representa mucho más que una simple actualización legal: es un cambio estructural en la forma en que se entiende y se gestiona la salud laboral. La digitalización, la automatización y la eficiencia administrativa han llegado para quedarse, y eso tiene implicaciones directas para todos los actores involucrados.

    Por un lado, los trabajadores ganan en comodidad y derechos. Ya no es necesario preocuparse por trámites innecesarios durante una baja médica, ni hacer colas para entregar documentos en mano. A su vez, se preserva mejor la confidencialidad de los datos y se reduce el estrés en un momento que debería estar enfocado en la recuperación.

    Por otro lado, las empresas se benefician de un sistema más transparente y fiable, con acceso en tiempo real a la información necesaria para gestionar ausencias. Esto permite planificar con mayor antelación y reducir la incertidumbre organizativa. También se incrementa la seguridad jurídica al contar con un sistema digital que deja rastro y evita errores de interpretación o manipulación.

    Además, la colaboración entre centros médicos, mutuas y administración pública impulsa un modelo más integrado y proactivo, donde se prioriza la atención al paciente sin perder de vista la sostenibilidad del sistema.

    En definitiva, estos cambios no solo buscan modernizar, sino también humanizar la gestión de las bajas laborales, fomentando un entorno más justo, eficiente y alineado con los retos actuales del mundo del trabajo.

    En resumen…

    • Solo se entregará una copia al trabajador

    • El servicio público de salud o, en su caso, la mutua o la empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) .

    • La empresa transmitirá al INSS los datos que se determinen mediante orden ministerial.

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